Sr. Alberto Quichimbo.

PRESIDENTE DEL GAD

LOTAIP - 2022


Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.

Literal a1.- Organigrama de la Institución.

Literal a2.- Base legal que rige a la institución.

Literal a3.- Regulaciones y procedimientos internos.

Literal a4.- Metas y objetivos unidades administrativas.

Literal b1.- Directorio de la Institución.

Literal b2.- Distributivo del Personal.

Literal c.- Remuneración mensual por puesto.

Literal d.- Servicios que ofrece y la forma de acceder a ellos.

Literal e.- Texto íntegro de contratos colectivos vigentes.

Literal f1.- Formularios o formatos de solicitudes.

Literal f2.- Formulario para acceso a la información pública.

Literal g.- Presupuesto de la Institución.

Literal h.- Resultados de auditorías internas y gubernamentales.

Literal i.- Procesos de contrataciones.

Literal j.- Empresas y personas que han incumplido contratos.

Literal k.- Planes y programas en ejecución.

Literal l.- Contratos de crédito externos o internos.

Literal m.- Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía.

Literal n.- Viáticos, informes de trabajo y justificativos.

Literal o.- Responsable de atender la información pública.

LOTAIP - 2021


Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.

Literal a1.- Organigrama de la Institución.

Literal a2.- Base legal que rige a la institución.

Literal a3.- Regulaciones y procedimientos internos.

Literal a4.- Metas y objetivos unidades administrativas.

Literal b1.- Directorio de la Institución.

Literal b2.- Distributivo del Personal.

Literal c.- Remuneración mensual por puesto.

Literal d.- Servicios que ofrece y la forma de acceder a ellos.

Literal e.- Texto íntegro de contratos colectivos vigentes.

Literal f1.- Formularios o formatos de solicitudes.

Literal f2.- Formulario para acceso a la información pública.

Literal g.- Presupuesto de la Institución.

Literal h.- Resultados de auditorías internas y gubernamentales.

Literal i.- Procesos de contrataciones.

Literal j.- Empresas y personas que han incumplido contratos.

Literal k.- Planes y programas en ejecución.

Literal l.- Contratos de crédito externos o internos.

Literal m.- Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía.

Literal n.- Viáticos, informes de trabajo y justificativos.

Literal o.- Responsable de atender la información pública.

Literal s.- Resoluciones, actas y planes de desarrollo.

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Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.

1.1 Estructura Orgánica
1.2-1.3 Base Legal Regulaciones Procedimientos Internos
1.4 Metas y objetivos unidades
3. Remuneraciones ingresos adicionales
4. Detalle licencia comisiones
5.-22. Servicios formularios formatos trámites
6. Presupuesto de la institución
7. Resultados de las auditorías internas y gubernamentales
8. Procesos de contratación publica
9. Listado de empresas y personas que han incumplido contratos
10. Planes y programas
11. Contratos de crédito externos o internos
12. Mecanismos rendición cuentas
13. Viáticos informes de trabajo y justificativos de movilización
14. Responsables del acceso de información publica
15. Texto íntegro de los contratos colectivos vigentes y reformas
16. Listado índice formación reservada
17. Detalle de las audiencias y reuniones de autoridades
18. Detalle de convenios nacionales e internacionales
19. Detalle donativos oficiales y protocolares
20. Registro de activos de información frecuente y complementaria
21. Políticas públicas o información grupo específico
23. Detalle personas servidoras públicas con acciones afirmativas
24. Información relevante para el ejercicio de derechos ODS

LOTAIP - 2020


Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.

Literal a1.- Organigrama de la Institución.

Literal a2.- Base legal que rige a la institución.

Literal a3.- Regulaciones y procedimientos internos.

Literal a4.- Metas y objetivos unidades administrativas.

Literal b1.- Directorio de la Institución.

Literal b2.- Distributivo del Personal.

Literal c.- Remuneración mensual por puesto.

Literal d.- Servicios que ofrece y la forma de acceder a ellos.

Literal e.- Texto íntegro de contratos colectivos vigentes.

Literal f1.- Formularios o formatos de solicitudes.

Literal f2.- Formulario para acceso a la información pública.

Literal g.- Presupuesto de la Institución.

Literal h.- Resultados de auditorías internas y gubernamentales.

Literal i.- Procesos de contrataciones.

Literal j.- Empresas y personas que han incumplido contratos.

Literal k.- Planes y programas en ejecución.

Literal l.- Contratos de crédito externos o internos.

Literal m.- Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía.

Literal n.- Viáticos, informes de trabajo y justificativos.

Literal o.- Responsable de atender la información pública.

Literal s.- Resoluciones, actas y planes de desarrollo.

SIMBOLOS


 

ESCUDO


 

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